25/04/2024

El plan de choque contra la guerra. El precio del alquiler
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Ayer saltó la noticia de la aprobación de un plan de choque contra la guerra. Suponemos que contra la guerra en Ucrania que, aunque nos afectará, y mucho, está un poco a desmano.

Hoy, 29 de marzo, se aprobará uno de los proyectos estrella del gobierno, ansiada por la parte de Podemos del Gobierno, según se ha filtrado, que consiste en la limitación temporal de la subida del precio del alquiler.

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Bien es cierto que a fecha de la redacción de este artículo no está publicada la norma y, como en otras columnas pasadas, tenemos que jugar a ser futurólogo.

Sabemos que va a existir una “medida provisional” que desvinculará los precios de los alquileres con el IPC (al menos tres meses) por un nuevo índice con un aumento máximo del 2%. No hay nada más duradero en el tiempo que una medida provisional. Igual ustedes no lo saben pero muchas de las medidas provisionales en materia tributaria de Cristóbal Montoro siguen vigentes a pesar de ser diseñadas para recaudar en un momento de especial crisis económica. Hoy el IPC se mueve en el entorno del 5-7%. Es decir, perjudicará al mercado del alquiler y a los propietarios de los inmuebles.

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Más allá de los pequeños detalles, llueve sobre mojado, en las políticas intervencionistas del Gobierno de España. Suben impuestos y suben tasas, suben salarios mínimos, cuotas a la Seguridad Social, suben peajes, suben todo lo que pueden con un fin recaudatorio enormemente agresivo. Todo esto intentando hacernos creer que no va a subir la inflación, que no se va a reflejar a través de una subida del índice de precios al consumo (IPC). 

Sin embargo, la realidad es tozuda y esta medida tendrá como consecuencia final la subida del precio medio de la renta. 

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Los abogados que tenemos clientes con un fuerte capital inmobiliario, vemos como nuestros clientes vienen sufriendo las medidas contra el covid cuya normativa ha perjudicado al mercado del alquiler. 

Las suspensiones de pagos de las rentas o las reducciones obligatorias de las mismas durante un período temporal, tuvo como consecuencia la subida de precios en los nuevos contratos para proteger a los propietarios. ¿Alguién cree que estos propietarios no tenían pagos que hacer a acreedores, impuestos que liquidar, cotizaciones sociales de empleados que no produjeron porque estaban encerrados en casa o en cuarentena no iban a subir las rentas para poder cubrir el agujero de ingresos impuestos por un decreto ley?En este caso, pasará lo mismo. 

Les pongo un ejemplo. Propietario de un edificio de apartamentos que tiene recogido en el contrato que asume la luz y la comunidad de propietarios, que tiene una préstamo sobre la compra del edificio que paga mensualmente al banco. Le han subido un 50,60,80% el precio de la energía, le han subido el salario mínimo de sus empleados, le ha subido el IBI, le han subido las tasas de basura, ha tenido que bajar el precio de sus locales porque le han limitado a sus inquilinos la actividad económica, ha tenido ingresos reducidos o aplazados dos años por la normativa covid, tiene un porcentaje de inquilinos en declarada situación de vulnerabilidad y no los puede desahuciar ni cobra renta por ellos. Pues ahora no puede ajustar sus contratos de los apartamentos al IPC porque el gobierno no le deja.

No solo eso, el gobierno prohibió hace un tiempp los desahucios a personas vulnerables. Vulnerabilidad que está determinada por ONGs y servicios sociales. No les pagan a los propietarios la renta. El lector me dirá: ¡pues tampoco debe preocuparse del ipc que tampoco le va a pagar! Correcto. Pero al final el propietario también se va a arruinar porque no podrá cumplir sus compromisos.  He tenido en el despacho, empresas presentando concurso de acreedores ante la imposibilidad de hacer frente a deudas porque no ingresaba los pagos de rentas porque la normativa lo permitía. Esto es un hecho.

¿Qué va a suceder? Pues la experiencia nos dice que van a empezar a aparecer contratos de arrendamiento donde se pactan los precios de la renta por años, sin tener en cuenta el IPC. Es decir, mire, el primer año la renta será de diez mil euros. El segundo año la renta será de quince mil euros, el tercer año la renta será de veinte mil euros y así, hasta cinco. Sin prórrogas. ¿Por qué? Pues porque el arrendador puede pactar el precio de la renta -visto lo visto, hasta que el gobierno lo limite también-. Esto tendrá un efecto directo en la subida de precios del alquiler porque mis clientes, en los contratos que redacto, incluirán este tipo de cláusulas. 

Sin duda, por el camino que vamos, no es el adecuado porque solo nos va a traer ruina.

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