20/04/2024

IPK denuncia que España discrimina a Canarias al no establecer su ZEE, como hizo con Baleares
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Iniciativa Popular Canaria (IPK) ha presentado hoy en Tenerife un Avance de su Informe, “CANARIAS Y EL DERECHO DEL MAR”, denunciando que España discrimina a Canarias al no establecer su Zona Económica Exclusiva (ZEE), como hizo con Baleares, a la vez que, a través de su Portavoz Nacional, Pedro Medina Calero, ha presentado en el Parlamento de Canarias una Pregunta de Iniciativa Popular al Presidente autonómico, Ángel Víctor Torres, sobre si el Gobierno de Canarias exigirá al Gobierno español establecer la ZEE en Canarias y depositar sus coordenadas en la Secretaría General (SG) de la ONU.

En un comunicado, IPK informó que con fecha 31.08.2018, España depositó en la   Secretaría General (SG) de la ONU la lista de coordenadas geográficas de puntos relativos a los límites exteriores de la ZEE en el Noroeste del Mediterráneo, generada por las costas orientales de la Península Ibérica y el archipiélago de Baleares; depositando también, como soporte legal, el Real Decreto (RD) 236/2013, de 5 de abril, por el que se establece dicha ZEE, publicado en el BOE núm. 92/2013, de 17 de abril.

El citado RD 236/2013 está redactado de forma muy sencilla y breve, con sólo dos artículos:  el primero, estableciendo la lista de coordenadas del límite exterior de la ZEE, siguiendo la línea mediana equidistante con los países adyacentes o situados frente a frente, como Argelia; y el segundo, aclarando que <<Los límites que se establecen en el artículo anterior podrán ser modificados, en su caso, en función de los acuerdos de delimitación que puedan concluirse con el Estado ribereño afectado al amparo del artículo 74 de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR)>>. Es decir, utilizando la fórmula genérica, basada en el Derecho Internacional, de delimitar una mediana equidistante provisional con los países limítrofes, condicionada provisionalmente a un eventual acuerdo, posterior, sobre una delimitación equitativa, entre las partes implicadas. Para el caso de no haber acuerdo, la Parte XV de la CONVEMAR prevé la Solución de Controversias, mediante arbitraje o sentencia del Tribunal Internacional del Derecho del Mar o la Corte Internacional de Justicia.

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Tras el citado RD 236/2013, estableciendo la ZEE española en el Mediterráneo, Argelia aprobó el establecimiento de su ZEE mediante el Decreto Presidencial nº 1896, de fecha 20.03.2018, y lo depositó en la SG ONU, originando una Nota Verbal del Gobierno español en desacuerdo con la delimitación argelina, con fecha 31.08.2018, en la que también depositó el citado RD con las coordenadas de su ZEE. A modo de respuesta, Argelia depositaba en la SG ONU sendas Notas Verbales, con fechas 25.12.2018 y 20.06.2019, en desacuerdo con la citada delimitación española, reclamando una negociación bilateral entre ambos países.  Queda en evidencia, por tanto, que España y Argelia han delimitado y depositado en la SG ONU las coordenadas de su ZEE, generadas por sus costas enfrentadas, al margen de la controversia entre ambos países.

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